El Poder Ejecutivo promulgó hoy la Ley de Reforma Magisterial –aprobada esta semana en el Congreso– que unifica en una sola norma a los docentes de la Ley del Profesorado y de la Ley de Carrera Pública.
La Ley, oficializada en la separata del diario El Peruano, consta de 79 artículos y 16 disposiciones transitorias que definen la carrera pública magisterial, regulan la formación del docente, la estructura de la carrera, los deberes y derechos de los profesores, la remuneración, las causas de cese, entre otros.
ENTREVISTA DEL DIARIO EXPRESO AL CONGRESISTA DANIEL MORA
Sobre la reforma magisterial, sostuvo que la ley que se ha aprobado en el Legislativo “es bastante buena” y ha tenido aportes de todos los sectores.
El legislador y presidente de la Comisión de Educación del Parlamento, Daniel Mora, hizo un llamado al Ministerio de Educación para que “se ponga las pilas” y que haya una mejor y mayor inversión en ese sector.
“El ministerio debe ponerse las pilas. No es posible que no se haya gastado 3,300 millones de soles del presupuesto. ¿Cómo vamos a devolver esa cantidad con los problemas que tiene el sector?”, se preguntó el presidente de la Comisión de Educación del Congreso.
“La ministra dice que vamos a subir 0.05% más del PBI, de qué nos va a servir si no gastamos ni siquiera los 3,300 millones. Con qué cara voy a pedir aumento de presupuesto. Evidentemente se requiere una mejor gestión”, agregó.
Sobre la reforma magisterial, Mora sostuvo que la ley que se ha aprobado en el Legislativo “es bastante buena” y ha tenido aportes de todos los sectores.
“Nosotros hemos invitado al Sutep, han presentado su proyecto ante la Comisión de Educación. Creo que es la primera vez en la historia que van ante el Congreso a presentar su posición”, enfatizó.
“Hemos tomado muchas cosas de ellos, como el desempeño en el aula, que debe tener la mayor ponderación; empoderar al director, darle mayor liderazgo al director que estaba totalmente mediatizado; así como las bonificaciones que se deben seguir impulsando”, añadió.
Ley 29944- Ley de La Reforma Magisterial - Promulgada_25112012
EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY N° 29944, NO CONTEMPLA LA JORNADA LABORAL DE 25 HORAS PEDAGÓGICAS SEMANALES; QUE EJERCEN LOS PROFESORES DE:
ResponderEliminarEBR NIVEL INICIAL
EBA CICLO INICIAL
EBA CICLO INTERMEDIO
EBA CICLO AVANZADO
EBE INICIAL
SUGIERO QUE EN LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 29944 SE CONSIDERE LAS 25 HORAS Y SE ESTABLESCA LA REMUNERACIÓN INTEGRA MENSUAL (RIM) PARA 25 HORAS.
POR FAVOR CONSIDERAR EN LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 29944; LA ESCALA REMUNERATIVA LAS 25 HORAS DE JORNADA LABORAL QUE EJERCEN MILES DE PROFESORES.
ResponderEliminarPOR FAVOR EN LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 29944 SE ESTABLESCA LA REMUNERACIÓN ÍNTEGRAL MENSUAL (RIM) PARA 25 HORAS PEDAGÓGICAS QUE LABORAN MILES DE PROFESORES.
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