Reforma Magisterial: ¿Meritocracia o tiempo de servicios?
Prof. Carlos A. Yampufé Requejo
Con la finalidad de que todos los maestros de la
escuela pública se encuentren a un mismo régimen laboral y el afán que el
magisterio peruano no se encuentre dividido, no solo remunerativamente, sino
sin enfrentamientos entre ellos en las aulas. El congreso en su comisión de
educación debate su propuesta de derogar las leyes existentes y obtener una
nueva ley que integre a todos los maestros del Perú; se tienen dos cuestionamientos
que requieren de respuesta clara y precisa: (1) ¿Cuáles son los aspectos
favorables y desfavorables para los maestros? (2) ¿aporta la LRM a la mejora de
la calidad educativa?
Al parecer la situación se torna antagónica en el
sentido en que el proyecto de Ley postula que a través de la reforma del
magisterio se mejorará la calidad educativa, pero con el aparente “sacrificio”
de los docentes que deben someterse a un proceso que evaluará su desempeño y si
no demuestran capacidades pedagógicas tendrán que pasar a un programa de
reconversión laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
La Comisión dictaminadora considerada que, la
unificación en una sola norma legal, de la normatividad del Profesorado y de la
Carrera Pública Magisterial, sobre la base de la MERITOCRACIA y al servicio del
aprendizaje de los educandos.
Debiera se la finalidad de la norma, que el
Magisterio tenga la oportunidad de ser incorporado a un régimen de mejora
continua y de evaluación; que supere el problema de desorden remunerativo en
las planillas actuales, ocasionado por interpretaciones incorrectas y confusión
en los conceptos remunerativos.
En este contexto se proponen 8 escalas
magisteriales, a los que el profesor puede acceder sobre la base de sus méritos
a lo largo de los años de su vida laboral activa. Los años de permanencia en
cada nivel van de tres a cinco años, que en conjunto suman 30 años de servicio en el
Estado; aquí tenemos una situación no tan cierta para los docentes que
estamos entre 10 y 30 años de servicio, aquí los cuadros presentados en el
documento de Predictamen que circula en la web y merecen ser analizados:
ESCALAS
|
Mínimo
de permanencia
|
40
Horas
|
30
Horas
|
24
Horas
|
VIII
|
Hasta
el retiro
|
5,390.32
|
4,042.74
|
3,234.19
|
VII
|
5 años
|
4,768.36
|
3,576.27
|
2,861.02
|
VI
|
5 años
|
4,146.40
|
3,109.80
|
2,487.84
|
V
|
5 años
|
3,524.44
|
2,643.33
|
2,114.66
|
IV
|
4 años
|
2,902.48
|
2,176.86
|
1,741.49
|
III
|
4 años
|
2,591.50
|
1,943.63
|
1,554.90
|
II
|
4 años
|
2,280.52
|
1,710.39
|
1,368.31
|
I
|
3 años
|
2,073.20
|
1,554.90
|
1,243.92
|
LRM
|
ESCALA MAGISTERIAL
|
Total General
|
|||||||
I
|
II
|
III
|
IV
|
V
|
VI
|
VII
|
VIII
|
||
Profesores
|
181,173
|
45,261
|
1,204
|
18,745
|
4,496
|
370
|
---
|
---
|
251,249
|
72.11%
|
18.01%
|
0.48%
|
7.46%
|
1.79%
|
0.15%
|
0.00%
|
0.00%
|
100.00%
|
Así mismo en la primera y cuarta disposición complementaria se
menciona: Los profesores nombrados pertenecientes
al régimen de la Ley Nº 24029 comprendidos en los niveles magisteriales I y II
son ubicados en la Primera Escala Magisterial, los del III nivel magisterial en
la Segunda Escala Magisterial y los comprendidos en los niveles magisteriales
IV y V son ubicados en la Tercera Escala Magisterial a que se refiere la
presente Ley. Para facilitar su acceso a la
Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial, el Ministerio de
Educación convoca excepcionalmente dos concursos públicos nacionales. Los
profesores comprendidos en el I, II, III, IV y V nivel magisterial de la Ley N°
29062, son ubicados en la Segunda,
Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial de la presente Ley
respectivamente.
Analizando el caso de un docente que
se encuentra en el III nivel magisterial de la Ley del Profesorado, con 20 años
de servicio, le correspondería ingresar a la segunda escala magisterial, luego participar
del proceso excepcional de concurso público para alcanzar la cuarta escala, de
allí en adelante (ya con 21 años de servicio como mínimo) deberá esperar 19
años para llegar a la octava escala magisterial, para este entonces el docente
tendrá 40 años de servicio.
En el caso de un docente que está en
la CPM en V nivel con 25 años de servicio, pasará automáticamente a la sexta
escala magisterial; tendrá que esperar 10 años más para recién alcanzar la
octava escala, con 35 años de servicio a cuestas.
Más aún cualquier docente que ingrese
a la nueva Ley como máximo logrará llegar el 2013 a la sexta escala
magisterial, ninguno a la sétima y peor aún a la octava, quiere decir que no
habría ningún docente por 10 años que gane una remuneración en estas escalas. Vale la pregunta ¿meritocracia o tiempo de
servicio?
Gracias por permitir expresar mi preocupación, soy una profesora con 22 años de servicio y discapacitada, por favor quisiera saber cuál será mi futuro cmo profesora
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